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Según la nueva Ley Orgánica que rige en materia de exploración y explotación aurífera, solo el presidente de la república tiene las facultades para autorizar este tipo de actividades, incluida la creación de empresas mixtas.

 

La Ley reserva al Estado venezolano el derecho de autorizar cualquier actividad ligada al oro y a otros minerales estratégicos y también será responsabilidad del presidente definir cuáles son estos últimos.

 

La legislación que regía antes contemplaba a varios otros sectores del poder Ejecutivo y a los ministros encargados de las áreas afines a la materia para tomar las decisiones y no existía en su contenido la figura de “minerales estratégicos”. Esto último supone la ampliación del horizonte económico del sector.

 

Asimismo se incluyó la obligatoriedad de vender y entregar el oro y cualquier mineral estratégico que se obtenga en el territorio nacional al Banco Central de Venezuela, quien además será el único autorizado para entregar estos elementos a cualquier otra entidad bancaria.

 

(LaIguana.TV)