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De acuerdo a lo establecido en el Convenio Cambiario N° 34, anunciado en la Gaceta Oficial N° 40.851, los exportadores lograrán vender el 40% de las divisas que produzca su movimiento a la tasa del Sistema Marginal de Divisas (Simadi) al presente en Bs. 202,94.

 

En este orden de ideas, el artículo N° 1 del texto gubernamental confirma que las personas naturales y jurídicas que se consagran a la labor exportadora podrán disponer del 60% de las divisas que originen, entretanto lo demás corresponde venderlo al Banco Central de Venezuela (BCV) a la tasa Simadi.

 

Por su parte, el artículo N° 5 especifica una distinta petitoria de los empresarios. Indica que para vender las divisas no será obligatoria la inscripción en Registro de Usuarios del Sistema de Administración de Divisas (Rusad).

 

Asimismo, añade que el Centro Nacional de Comercio Exterior (Cencoex) reducirá las diligencias para el asunto exportador.

 

De esta manera, queda aprobada una demanda de los exportadores efectuada al jefe de Estado, Nicolás Maduro, durante las reuniones del Consejo de Economía Productiva. Previo al actual dictamen la empresa tenía como exigencia vender a la tasa que determinó el antiguo Sistema Alternativo de Administración de Divisas (Sicad 2), la cual estaba fijada en Bs. 52 por dólar.

 

(LaIguana.TV)