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Rafael Esquivel es desde ayer el preso número 81157-053 en el Centro Metropolitano de Detención de Brooklyn Nueva York, donde fue recluido, tras declararse “no culpable” en la primera audiencia ante el juez Raymond Dearie representante de la Fiscalía Federal de Estados Unidos.

 

Esquivel se presentó al tribuna trajeado con un sweter negro, pantalón gris y unos 40 kilos menos, aunque en buen estado de salud. de acuerdo al reporte del periodista @JusquifabioFlores.

 

En la breve audiencia, el abogado del ex presidente de Fevefútbol, David Goldstein, señaló al juez Dearie que Esquivel se declaraba “no culpable», de las acusaciones de la Fiscalía de Estados Unidos, de asociación delictiva, aceptar sobornos y lavado de dinero por parte de las empresas Traffic y Datisa.

 

El abogado de Esquivel no presentó la solicitud de fianza que había anunciado, porque lo consideró “demasiado pronto”, y por ello el dirigente quedó recluido en el Centro Metropolitano. Allí permanecerá hasta el 13 de abril, cuando tendrá la segunda audiencia.

 

La cárcel de Brooklyn fue construida en 1990 y alberga una población de 1639 recluso. Esquivel recibió ayer el uniforme naranja, una funda de almohada, dos toallas y dos paños de lavar que le corresponden a los detenidos.

 

En ese presidio estuvo recluido el ex presidente de Honduras y de la federación de ese país, Rafael Callejas, acusado también de corrupción en el fútbol por parte de la Fiscalía de EEUU. Callejas salió en libertad bajo fianza y espera juicio.

 

¿Qué puede hacer Esquivel en la cárcel?

 

1) Puede recibir visitas sábados y domingo de 8 am a 3 pm, de su familia inmediata: esposa, hijos, hermanos, hermanas, padres, abuelos, tías, suegros y primos; no más de 10 amigos, funcionarios del gobierno venezolano, miembros de grupos religiosos, empleadores, patrocinantes y abogados.

 

2) La cárcel tiene un sistema de correspondencia electrónica denominado Trulincs, a través del cual Esquivel puede enviar mensajes solo de textos, no mayor de 13 mil caracteres a las personas que previamente han sido autorizadas, cuyos contenidos son examinados por los funcionarios del presidio por razones de seguridad.

 

3) Puede enviar y recibir correspondencia que es examinada antes de entrar o salir del recinto por los funcionarios del presidio.

 

4) Recibir revistas, discos o libros de bolsillo, ropa de para ir al juzgado o cuando salga en libertad y dispositivos médicos autorizados.

 

5) Recibir transferencias electrónicas a través del sistema MoneyGram para adquirir productos en el centro de reclusión.

 

6) Por razones seguridad solo puede utilizar la ropa que le entregan en el presidio que consiste en una braga anaranjada, dos paños, dos toallas, una funda de almohada, sábanas, botas y artículos de higiene personal. La ropa de civil solo la puede vestir cuando sale del presidio rumbo al juzgado o en libertad.

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(ÚN)