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Anabelle Puche compró por internet un Nintendo 3DS, el regalo de Navidad de su hijo, dos perfumes y seis piezas de ropa. Gastó 400 dólares, a tasa Sicad I (12 dólares en promedio) son 4 mil 800 bolívares, cifra muy por debajo de los precios que había encontrado en Venezuela.

 

Sin embargo, el monto que debió cancelar por el envío opacó su ahorro inicial, pues tuvo que desembolsar 91 dólares calculados a la “tasa” fluctuante del mercado paralelo, que representaron más de 16 mil bolívares, casi cuatro veces más del valor de la mercancía adquirida.

 

Desde 35 dólares cobran los servicios de envío por un teléfono celular y 60 dólares es el mínimo estipulado que cobran algunas empresas por paquetes de hasta 7 libras, por ejemplo, una laptop. Los costos se elevan por el peso y volumen de los productos, también los clasifican en bajo valor (menor de 100 dólares) y alto valor (200 dólares), para calcular así el costo del envío al país.

 

Aún cuando se trata de una práctica implícita en las transacciones de envíos, One Soto, el Superintendente de Precios Justos en el Zulia, advirtió que se trata de una forma de cobro al margen de la ley. “Es un ilícito, cuando realizamos las inspecciones a empresas que hacen el cálculo con las divisas paralelas, estamos en presencia de una presunta comisión del delito de usura (…) Este hecho también figura como un ilícito cambiario que lo atiende el Cencoex”, afirmó a Panorama.

 

“Le compré a mi hijo los juguetes de Navidad por Amazon, una pista de carritos y dos carros de juguete, más cinco franelitas y me quieren cobrar 21 mil bolívares calculado al dólar negro en 175, así me dijo la empresa de envíos (…) En total fueron tres cajas y las franelas, no pesan tanto como para cobrarme tanto así (…) Uno se quiere ahorrar algo de dinero y ahora tengo que gastar el triple. No he podido retirar los paquetes porque no tengo el dinero”, confesó Nataly Pineda, a través del Whatsapp de Panorama.

 

“De esas empresas hay una lista larga, y todos los servicios cobran el monto a dólar paralelo”, aseguró la lectora María Daniela Damesti.

 

El zuliano Gastón Urquiza, hizo un llamado a regular las tarifas de los envíos, ya que “la autoridad aduanera es cómplice necesaria en este delito (…) A tomar medidas, Gobierno”.

 

“El dólar paralelo es el que pone los precios a todo, porque el oficial lo asignan a dedo y son migajas de lo que la economía necesita”, señaló nuestro lector Fernando Hernández.

 

Las personas que hayan cancelado altos montos por este servicio de envíos, pueden colocar la denuncia en el Centro Comercial Aventura, donde está ubicada la oficina de la superintendencia, o llamar al número 0800-LOJUSTO.

 

Se intentó contactar con los responsables de tres empresas que prestan servicios de envío de paquetes desde Estados Unidos a Venezuela, pero no se obtuvo respuesta.

 

Quienes comentan ilícitos cambiarios y sean condenados serán suspendidos del Registro de Usuarios del Sistema de Administración de Divisas, así lo establece la Gaceta Oficial extraordinaria n. o 6.150, que contiene las reformas a la Ley de Ilícitos Cambiarios, aprobada por el presidente Nicolás Maduro.

 

La suspensión será por el tiempo de la pena impuesta de acuerdo al delito cambiario, que va desde dos hasta siete años de prisión, de acuerdo al artículo 23 del decreto, que circuló el 18 de noviembre pasado.

 

Esta Ley establece, en la Gaceta Oficial extraordinaria n. o 6.150, con fecha de 18 de noviembre, una pena de dos a seis años de prisión a quienes promuevan la venta y compra ilegal de divisas en el país.

 

Además, tendrán que pagar una multa equivalente a cinco décimas de la Unidad Tributaria (0,5 UT) vigente para la fecha de su liquidación por cada dólar de los Estados Unidos o su equivalente en otra divisa, del monto correspondiente a la operación involucrada.

 

“Quienes presten servicios en los órganos y entes de la Administración Pública y valiéndose de su condición o en razón de su cargo, incurran, participen o coadyuven en la comisión de cualquiera de los ilícitos establecidos en el presente Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley, se les aplicará la pena del ilícito cometido aumentada en un tercio a la mitad, sin menoscabo de las sanciones civiles, administrativas y disciplinarias a que haya lugar”, explica el artículo 19 del decreto de Ley de Ilícitos Cambiarios.

 

De uno a tres años de prisión pueden ser penadas aquellas personas que presenten documentos o información falsa al momento de la adquisición de divisas. “Quienes a los efectos de participar o realizar operaciones relacionadas con el régimen cambiario, presenten o suscriban balances, estados financieros y en general, documentos o recaudos de cualquier clase o tipo que resulten falsos o forjados o presenten información o datos que no demuestren su verdadera situación financiera o comercial, serán sancionados con una pena de prisión de uno a tres años y multa equivalente a cinco décimas de la Unidad Tributaria (0,5 UT) vigente para la fecha de su liquidación, por cada dólar de los Estados Unidos o su equivalente en otra divisa, del monto correspondiente a la respectiva operación involucrada”, reza el artículo 16 del decreto 6.150.

 

Las personas que destinen las divisas a fines diferentes para los que fueron solicitadas también será sancionados de dos a seis años de prisión.

 

(Panorama)