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“Hace como tres semanas estaba en una cola, en un supermercado en la calle 72, esperando que abrieran el acceso porque había detergente. De repente, llegaron en un mismo carro alrededor de seis personas con ánimo poco amigable, obligando y exigiendo a los primeros en la fila que ellos iban delante. La gente se molestó y empezó a reclamarles, pero estos sacaron a relucir unos cuchillos y navajas amenazando a los que estábamos esperando”.

 

Este es el testimonio de una cliente de una cadena de súper privado, que prefirió no identificarse, pero quien contó que los 6 bachaqueros lograron su cometido, porque bajo amenaza se metieron de primeros y compraron. “No es la primera vez que ocurre. Siempre son los mismos, y nadie dice nada, ni los policías que organizan la cola, ni los gerentes de la tienda”.

 

En la Ley Orgánica contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo, esta acción se llama asociación para delinquir; sin embargo, los bachaqueros no solo incurren en este delito, pues estos tienen agravantes como el uso ilícito de armas blancas, especulación, riñas, entre otros. Junto a estas violaciones de la legislación, estos grupos cometen más de 10 delitos sancionados en las leyes venezolanas.

 

Muchas de estas personas forman bandas de bachaqueros que se observan a diario en las colas de los establecimientos comerciales. “Estos son delincuentes organizados, porque se asocian para delinquir. Cuando hablamos de delincuencia organizada se trata de un grupo de tres o más personas se asocian por cierto tiempo cometiendo un delito para obtener un beneficio económico para ellos o para un tercero, y esto está penado”, explicó el abogado penalista Luis Prieto. 

 

Citando la referida legislación, en su artículo 37 establece: “Quien forme parte de un grupo de delincuencia organizada, será penado o penada por el solo hecho de la asociación con prisión de seis a diez años”.

 

Estas bandas, que incluso se sectorizan según la ubicación de los supermercados, operan amenazando al cliente natural de estos locales.

 

“Generalmente, hay uno que suministra el dinero, quien los traslada, quienes hacen la cola y compran. Este delito es muy dañino, porque no se trata del pequeño revendedor, que también incurre en un delito, sino que estos grupos muchas veces cuentan con complicidad interna en los supermercados y en los propios centros de distribución de los alimentos”, precisó.

 

Los relatos de los compradores lo confirman y, además, denuncian la vinculación de los cuerpos policiales. “Hace varias semanas, vi con indignación cómo un policía metió a un grupo de 15 bachaqueros en la cola de las personas de la tercera edad, que yo estaba haciendo, para comprar unas afeitadoras. Lo peor, es que yo fui a buscar al funcionario porque como siempre los bachaqueros se quieren meter a la fuerza y pensé que el policía lo iba a impedir, pues no. Se apartaron del grupo, hablaron algo y metió a la gente”, denunció Ricardo González, residente de la avenida La Limpia.

 

Los policías que sean cómplices de estas organizaciones delictivas “están cometiendo un delito de corrupción propia, porque cuando un funcionario pide dinero para permitir que se cometa un acto delictivo eso está penado en la  Ley contra la Corrupción”.

 

Pero además es causal de destitución, según la Ley del Estatuto de la Función Policial, en su artículo 97: “Comisión intencional o por imprudencia, negligencia o impericia graves, de un hecho delictivo que afecte la prestación del servicio policial o la credibilidad y respetabilidad de la función policial”. 

 

El comisario Biagio Parisi, secretario de Seguridad y Orden Público, declaró a finales de abril que tienen a más de 20 funcionarios con expedientes abiertos por estar presuntamente involucrados en las redes del bachaqueo.

 

Estos grupos infringen en el derecho al libre desenvolvimiento que tiene todo venezolano, contemplado en la Constitución en su artículo 20. Y que es sancionado en el Código Orgánico Procesal Penal (Copp), en los delitos contra la libertad individual, en el articulado 175,  que dice:

 

“Cualquiera que, sin autoridad o derecho para ello, por medio de amenazas, violencias u otros apremios ilegítimos, forzare a una persona a ejecutar un acto a que la ley no la obliga o a tolerarlo o le impidiere ejecutar alguno que no le está prohibido por la misma, será penado con prisión de quince días a treinta meses”.

 

Incurren en riñas callejeras propiciadas por ellos mismos, porte de armas blancas ilegalmente, sobornos. La riña tiene una pena de uno a seis meses de arresto, según el Copp. Mientras que el porte ilícito de armas blancas lo contempla en el artículo 76 de la Ley sobre Armas y Explosivos, y en ella dictamina una pena entre dos a 10 años de prisión.

 

“Estos grupos cometen delitos graves, no son delitos menores. Estas personas deben ser castigadas severamente, porque además está el hecho moral y de humanidad, y que lo sustenta nuestra Constitución, el derecho a la alimentación, y están dejando sin alimento a quienes lo necesitan por lucrarse ellos”, precisó el jurista Prieto.

 

Pero no solo se trata de estos delitos, pues existen otros propios del oficio delictivo en sí, estipulados en la Ley Orgánica de Precios Justos, como especulación, acaparamiento, contrabando de extracción, alteración fraudulenta de precios, desestabilización económica.

 

El secretario de Gobierno, Giovanny Villalobos, señaló sobre este aspecto: “Esta ley es clara y establece que quien compre productos de primera necesidad para revenderlos por precios superiores a los establecidos por la Sundde será sancionado con una multa de 200 a 10.000 unidades tributarias (UT)”.

 

La misma multa es aplicada para los que vendan alimentos vencidos, mientras que aquellos que alteren la calidad de los bienes o desmejoren la calidad de los servicios y productos regulados serán penados con cinco a 10 años de cárcel. Esta última consideración, por aquellos revendedores que expenden desodorantes que realmente son suavizantes, champú con otros componentes adicionales, y es un hecho que se viene observando a diario en mercados como Las Pulgas, La Curva de Molina, Periférico, entre otros.

 

Según la legislación de precios justos, la especulación debe ser pagada con un máximo de 10 años de prisión, el acaparamiento con la misma pena, mientras que el boicot con 12 años.

 

El Gobierno nacional se ha blindado con un arsenal de leyes, para acorralar a estas bandas. Basándose primero en la Constitución, pasando por la Ley Orgánica de Seguridad y Soberanía Agroalimentaria y por otras cinco más. Sin embargo, tan solo en el Zulia más de 14 medidas antibachaqueo se han implementado y estos grupos siguen desangrando los supermercados, y extrapolando el problema a los mercados populares, donde venden los “regulados” a precios que quintuplican el costo real.

 

El presidente de la República, Nicolás Maduro, en octubre del 2014, en decreto presidencial 1.348 (Gaceta Oficial 40.526) prohibió a buhoneros, comercio informales y ambulantes la venta de más de 30 rubros de alimentos y productos de higiene personal regulados, medicamentos y demás bienes importados o producidos en el país para el consumo.

 

El secretario de Gobierno regional precisó que las mafias se dedican al contrabando de extracción, pues desvían los bienes del destino original autorizado por el organismo competente. Son entre 10 a 14 años de prisión.

 

Este flagelo a quien termina perjudicando es al ciudadano común, que no puede entrar a un supermercado a comprar un producto de primera necesidad, producido en el país, subsidiado por el Estado para él, porque los bachaqueros se apoderan de ellos.

 
 (Panorama)