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Según la Gaceta oficial Nº 40.927 publicada este lunes, el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) se declaró competente para investigar las acciones en contra de las presuntas actuaciones, vías de hechos y amenazas de daño inminente emanadas del presidente y la mayoría de los diputados que conforman la Asamblea Nacional (AN).

 

Asimismo, la Sala Constitucional del TSJ suspendió los efectos de los actos parlamentarios de fechas 10 y 31 de mayo por considerar que la AN usurpó funciones del Ejecutivo Nacional.

 

“Se observan indicios de los cuales pudiera desprenderse que el órgano legislativo ha asumido atribuciones que constitucionalmente son propias del Poder Ejecutivo”, señala el dictamen.

 

De igual forma, se ordenó “a la Asamblea Nacional, a su Presidente, a su Junta Directiva y a sus miembros en general, abstenerse de pretender dirigir las relaciones exteriores de la República y, en general, desplegar actuaciones que no estén abarcadas por las competencias que les corresponden conforme al ordenamiento jurídico vigente, y que, por el contrario, constituyen competencias exclusivas y excluyentes de otras ramas del Poder Público, si pena de incurrir en las responsabilidades constitucionales a que haya lugar, todo ello con especial sujeción a las disposiciones previstas en los artículos 137 y 138 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, según los cuales “La Constitución y la ley definen las atribuciones de los órganos que ejercen el Poder Público, a las cuales deben sujetarse las actividades que realicen”, y “Toda autoridad usurpada es ineficaz y sus actos son nulos”.

 

(RNV)