La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) emitió el pasado viernes 26 de enero la sentencia 00005 en la cual ratifica la inhabilitación política de la dirigente de la ultraderecha María Corina Machado para ejercer cargos de elección popular durante 15 años, emanada por la Contraloría General de la República en 2014.
En dicha sentencia se establece que la solicitud realizada por la dirigente opositora no cumple con los requisitos establecidos en el Acuerdo de Barbados firmado entre el Gobierno venezolano y sectores de la oposición el 17 de octubre de 2023.
El máximo tribunal del país expuso las razones que impiden la habilitación de Machado. Estas son:
– Ha sido partícipe de la trama de corrupción orquestada por Juan Guaidó que propició el bloqueo criminal contra el país; así como el robo descarado de las empresas Citgo Holding y Monómeros
– El secuestro y robo de 31 toneladas de oro venezolano.
– Congelamiento de $ 4mil millones en Sistema Bancario Internacional a través del bloqueo.
– Solicitud de sanciones que impidieron compra de medicamentos para 60 mil pacientes VIH y vacunas para niños y niñas.
– Aceptar cargo de representante alterna de Panamá en la OEA, siendo diputada de la República Bolivariana de Venezuela.
(LaIguana.TV)
Atención: La sentencia 00005 de la Sala Politico Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia dejó asentado que la solicitud de María Corina Machado ante esa instancia para impugnar su inhabilitación, no cumple con los requisitos establecidos en el Acuerdo de Barbados pic.twitter.com/gwZVnC1uPp
— Eligio Rojas (@ELESPINITO) January 29, 2024
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