El organismo difundió un comunicado en sus redes sociales, en el cual explicó que la restricción va dirigida a todos los operadores que se movilicen con cargas iguales o superiores a 3.500 kilogramos.
A la par, acotó que hay ciertas excepciones hacia aquellos que transporten alimentos, proporcionen asistencia vial, emergencias, policiales o militares, agua potable, medicinas, desechos sólidos y gas de uso doméstico, y combustibles.
En este orden de ideas, exhortó a los conductores de carga incluidos en la referida excepción a acatar la Resolución Conjunta 0088 – 0190, que fija el límite de velocidad en 45 kilómetros por hora.
Conjuntamente, les corresponderá movilizarse por el canal o borde derecho, principalmente en las rutas en las que la pendiente este acentuada.
(LaIguana.TV)
#EsNoticia 📰|Circulación de transporte de carga será restringido del 28 de marzo al 1 de abril.
— I.N.T.T (@InttContigo) March 27, 2024
👇👇👇https://t.co/RHnZMcrrI8 pic.twitter.com/TbVZVXMpuX
Más noticias y más análisis de LaIguana.TV en YouTube, WhatsApp, X, Instagram, TikTok, Facebook, Threads y Telegram.
El portal de Venezuela.