Los diputados de la Asamblea Nacional (AN) aprobaron en segunda discusión, el Proyecto de Reforma de la Ley para el Fomento y Desarrollo de Nuevos Emprendimientos, que será remitida al Ejecutivo nacional a los fines de su promulgación, de acuerdo a lo consagrado en el artículo 213 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, informó el presidente del Parlamento, Jorge Rodríguez, desde el Palacio Federal Legislativo.
Entre los artículos aprobados está se encuentra el número cuatro, el cual destaca que, a los efectos de esta ley, se define el emprendimiento como “la actividad económica con fines de lucro, ejercida por una o más personas, que adquiere personalidad jurídica con la inscripción del registro nacional de emprendimiento en los términos previstos en esta ley”.
Además, este instrumento legal establece que todos los emprendedores deben innovar y tener la capacidad de generar bienes y servicios de una forma creativa, metódica, sustentable y responsable.
Igualmente, los diputados aprobaron el artículo siete, que quedó modificado de la siguiente manera: “El Estado desarrollará un plan nacional de formación integral con el propósito de promover una cultura y una ética con convicción emprendedora, así como la educación en las áreas administrativa, gerencial, financiera, científico, técnica y otras de relevancia, para el desarrollo de los nuevos emprendimientos”.
Los integrantes de la AN agregan que el Gobierno nacional, mediante el organismo pertinente, garantizará las condiciones y la certificación de los emprendedores, y el órgano rector en materia de emprendimiento, en articulación con el instituto Marca País, diseñarán los programas de formación, así como las campañas nacionales e internacionales para la promoción de estos emprendimientos.
(VTV)
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